Kermit Zapata /Corresponsal / Inversión Turística
Cancún.- El proyecto “Hard Rock Hotel Riviera Cancún”, ubicado en la tercera etapa de la zona turística de Cancún fue clausurado de manera total temporal por no cumplir con los términos de la autorización ambiental, de acuerdo con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
Por ello, y con la finalidad de evitar que continúe la afectación al ambiente, se dictó como medida de urgente aplicación la Clausura Total Temporal de las obras y actividades realizadas en el proyecto “Hard Rock Hotel Riviera Cancún”.
La sanción se determinó también por actividades de cambio de uso de suelo en terrenos forestales que no se incluyen en las condicionantes de la autorización expedida por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
La dependencia, precisó que se realizó una visita de inspección en materia de cambio de uso de suelo en terrenos Forestales al proyecto “Hard Rock Hotel Riviera Cancún”, ubicado en la tercera etapa de la zona turística de Cancún, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las condicionantes de la autorización emitida por la Semarnat.
Por lo que los inspectores detectaron que la autorización de Semarnat describe el cambio de uso de suelo en terrenos forestales con vegetación de dunas costeras, en una superficie de 10.73 hectáreas.
Sin embargo, durante el recorrido de campo se detectó en una superficie de 4.442 hectáreas la remoción y daños en vegetación forestal de Selva Baja Subcaducifolia, misma que no corresponde a la originalmente autorizada.
Se precisó que la remoción de vegetación forestal de selva baja subcaducifolia corresponde a las especies de Chaca (Bursera Simaruba), Chechen (Metopium Brownei), Palma Chit (Thrinax Radiata) Bumelia Sp., Siricote de Playa (Cordia Sebestena) y Uva de Mar (Coccoloba Uvifera).
La dependencia federal refirió que con fundamento en el artículo 163, fracción I, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), se determinó la clausura total temporal de las actividades.
De igual forma, se indicó que los responsables de realizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, sin contar con la autorización correspondiente, podrán alcanzar una multa de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 165, fracción II de la LGDFS.