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Reducen ¡de 20 a 9! los requisitos del Registro Estatal de Turismo

Redacción / Inversión Turística

La Secretaría de Turismo del estado de Guanajuato, a través de la Dirección de Inteligencia Turística, invitó a los prestadores de Servicios Turísticos a consultar los nuevos requisitos -que redujeron de 20 a 9- del Registro Estatal de Turismo (RET) y a inscribirse.

El RET es un instrumento de inscripción y consulta ciudadana de los servicios turísticos del estado de Guanajuato, que integra a los prestadores y a personas anfitrionas por medio de un catálogo que facilita la búsqueda de sus servicios turísticos a través de la herramienta web registroestataldeturismo.com, 100% digital y gratuito.

Este año se actualizaron los lineamientos para la inscripción al RET, reduciendo a 9 requisitos y para personas físicas son solamente 6:

De acuerdo con lo que marca la Ley de Turismo para el Estado de Guanajuato y sus municipios, con fundamentos en los artículos 48,49 y 54 fracción I, los prestadores de servicios turísticos guanajuatenses están obligados a realizar su registro estatal de turismo, el cual tiene una vigencia de 3 años a partir de su emisión (pudiendo refrendar) siempre y cuando se continúe cumpliendo con los requisitos solicitados.

Los rubros que deben estar en el RET son: Hospedaje; Agencias, Subagencias y Tour Operador; Guías de Turistas Locales, Generales y especializados en actividades específicas; Personas que intermedien en la contratación de algún servicio; Alimentos y Bebidas; Campos de Golf; Establecimientos de arte popular y productos típicos; Sitios donde se realicen actividades educativas y culturales.

Así como Arrendadoras de automóviles y transportadoras turísticas; Empresas operadoras de parques temáticos; Auxilio Turístico; Balnearios y/o Parques acuáticos; Capacitación Turística (Escuelas, colegios y Universidades); De Deporte y Recreación; Spas; Recintos, auditorios, conservatorios y salones para eventos; Prestación de Servicios de Hospedaje a través de Plataformas Digitales (nuevo rubro vigente desde 4 de mayo y publicado en el Periódico Oficial).

Los beneficios se brindan a los prestadores de servicios turísticos al inscribirse al RET son:

Y, las etapas de registro son:

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